Es aquella en la que cada Asociado tendrá derecho a un CUPO DE CRÉDITO hasta por el 400% (4 veces) de la suma de sus Aportes Sociales y Ahorro Permanente, deduciendo los saldos de las deudas directas pendientes, a excepción de aquellos préstamos adquiridos con los que reglamentariamente no se afecte dicho cupo.